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¿Es obligatoria la instalación de Extintores en una Comunidad de Propietarios?

in Administración de fincas

La mayoría de las Comunidades de Propietarios cuentan con extintores como medio para apagar los posibles incendios que pueden surgir en una Comunidad de Propietarios. Sin embargo y a pesar de ser un elemento tan importante su mantenimiento en muchas ocasiones pasa desapercibido y no se le presta la atención que merece.

Lo primero que tenemos que saber es la normativa de aplicación por lo que tenemos que referirnos a la Norma Básica de Edificación, NBE-CPI 96, (aprobada por Real Decreto 2177 de 4 en Octubre de 1996).

Esta normativa obliga desde su entrada en vigor a que los edificios cuenten con un sistema de extintores, sin embargo la norma no hace obligatorio este criterio para edifico entregados antes de 1966 por lo que pare edificios anteriores a dicha fecha no se instalaban extintores. Aunque existe una excepción para estos edificios antiguos y es que cuando realizan alguna reforma sustancial en el edificio como puede ser la instalación de un ascensor se entiende que el edificio tiene un gran porcentaje de obra nueva y se entiende necesaria la instalación de extintores.

Además de la anterior norma la dotación de Instalaciones de Pro-tección Contra Incendios mínimas exigibles se establece desde el año 2006 en el Código Técnico de la Edificación (CTE) (Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo y posteriores modificaciones) y en su Docu-mento Básico SI de Seguridad.

En el CTE se establecen las exigencias básicas de calidad que de-ben cumplir los edificios en relación con los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad establecidos en la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE).

En este sentido el Documento Básico SI de Seguridad tiene por objeto establecer reglas y procedimientos que permiten cumplir las exi-gencias básicas de seguridad en caso de incendios, y en general, todas ellas están dirigidas a reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios de un edificio sufran daños derivados de un incendio, como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento.

Ahora ya que sabemos cuándo es obligatoria la instalación de ex-tintores pasemos a ver cuales son las recomendaciones para que estén perfectamente mantenidos y revisados.

Lo primero es contratar una empresa especializada que se encar-gue de realizar un correcto mantenimiento, pero lógicamente no basta con tener un contrato de mantenimiento si no que trimestralmente deben realizar las inspecciones obligatorias y al menos una vez al año una revisión total.

En las revisiones totales deben comprobar el estado de las botellas, su peso y también aunque su aspecto externo, así como la manguera y boquilla del extintor. Además, cada 5 años la empresa debe realizar un retimbrado o prueba hidráulica.

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